La Provincia Católica

Revista de tradición católica puertorriqueña.

La Provincia Católica on Facebook

jueves, 31 de diciembre de 2009

Misa Tradicional - Anuncios Enero 2010


Queridos hermanos:
 
¡Pax!  Agradezco a todos los fieles que asistieron a la Misa Cantada en la Forma Extraordinaria el día de Navidad, tanto a los fieles de las parroquias San José, San Jorge, y de todas aquellas otras parroquias de las que no tengo conocimiento. Sin duda alguna ha sido la Misa más concurrida desde que inicio este apostolado y probablemente la Misa tradicional más concurrida en PR desde tiempos del Concilio Vaticano II.  ¡A Dios sea toda la gloria!
 
Bueno, primeros avisos para el mes entrante. La Misa pautada para el domingo 3 de enero en la Parroquia San Jorge de Santurce ha sido pospuesta ya que compromisos previos de nuestros capellanes les impiden estar allí ese día. Estoy trabajando para moverla más tarde durante el mes, así que pendiente a mis avisos una vez confirme la fecha. De igual forma, la Misa pautada para el domingo 24 de enero (cuarto domingo) en la Parroquia San Jose será movida para el domingo 31 de enero. Salvo casos excepcionales como este, recuerden que el itinerario normal de las Misas gregorianas serían el primer domingo de mes en la Parroquia San Jorge a las 3PM (comenzando desde las 2PM para Rosario y confesiones), y el cuarto domingo de mes a las 3PM en la Parroquia San José. Como siempre, agradezco su comprensión, consideración, y flexibilidad ante estos cambios esporadicos; ya que debemos recordar que nuestros capellanes tienen multiples compromisos pastorales y apostolados  ademas del nuestro.
 
Ademas les recuerdo que sigo disponible para visitar sus hogares para ensenarles a rezar el Rosario al modo tradicional, así como repasar mas detenidamente el misalito latín-español. Es de suma importancia mantener un grado mínimo de formación liturgica, creando grupos de estudio en la parroquia y en los hogares. No debemos esperar a los días de la Misa y pretender comprender mejor las acciones litúrgicas si no las hemos repasado antes. Así que los interesados nos pueden mandar un email.
 
Deseo también convocar aquellas personas con habilidad de canto para que consideren ayudar al apostolado con dicho talento. Inicialmente me propongo organizar un coro mixto (damas y caballeros) que cantarían el Ordinario de la Misa (Missa de Angelis), y posteriormente una "schola cantorum" (varones solamente) para cantar los Propios de la Misa. Todo interesado favor de comunicarse con nosotros al email de este blog. Bueno hermanos, esto es todo por ahora, un abrazo,
 
In Domino,
dom. Edgardo Cruz, CPMO

domingo, 27 de diciembre de 2009

Música Navideña






miércoles, 23 de diciembre de 2009

Anuncio: Misa Tradicional Día de Navidad


Queridos hermanos:

¡Pax! Un breve recordatorio de la Missa Cantata en la Forma Extraordinaria en la Solemnidad de la Natividad del Señor, este viernes 25 de diciembre a las 3:00PM en la Parroquia San José, en Villa Caparra, Guaynabo.

Por otro lado, manténganse pendiente a mis avisos por email, ya que probablemente tenga que cambiar de fecha la Misa del 3 de enero en la Parroquia San Jorge. De ser así, seguramente la estaría coordinando para el domingo 17 de enero, y agradezco de antemano su flexibilidad y comprension.

Aprovecho para desearles a todo una feliz y santa Navidad, repleta de bendiciones de Nuestro Señor y su María Santísima; y un Año Nuevo lleno de paz y prosperidad.


[Bloggers: el que se interese de recibir anuncios por email, comuníquese con nosotros a la dirección de email en el 'sidebar'.]

In Domino,
dom. Edgardo Cruz, CPMO


Etiquetas: ,

Enseñanzas Olvidadas: El Limbo y la Necesitad del Bautismo


Papa San Siricio, Carta a Himerio, 385: “Como mantenemos que la observancia del santo tiempo Pascual no debe ser suavizada en ninguna manera, en la misma manera deseamos que infantes que, por causa de su edad, ya no pueden hablar, o los que, en cualquier necesidad, carecen el agua de santo bautismo, sean socorridos con toda posible velocidad, por miedo que, si los que salen de este mundo sean privados de la vida del Reino por haber sido negado la fuente de salvación que deseaban, esto conduzca a la ruina de nuestras almas. Si los amenazados de naufragio, o del ataque de enemigos, o los inciertos de un sitio, o ellos puestos en una condición desesperada por causa de alguna enfermedad física, piden lo que en su fe es su única ayuda, que reciban al mismo momento de su petición el premio de regeneración que ruegan. ¡Basta de equivocaciónes pasadas! De ahora siguiente, que todos los sacerdotes observen la regla antedicha si no quieren ser separados de la sólida piedra apostólica en que Cristo ha fundado su Iglesia universal.”


El Papa San Inocencio (AD 417) I escribió a los padres del Sínodo de Milevis: “La idea de que los niños puedan llegar a los premios de la vida eterna aun sin la gracia del bautismo es totalmente necia” (DS 219).


En el 1794, el Sumo Pontífice Pio VI condena como “falsa y temeraria” la opinión de algunos que “califica[n] de fábula pelagiana aquel lugar, . . . [adonde van] las almas de los que mueren con la sola culpa del pecado original, que los fieles suelen llamar el limbo de los niños” (DS 2626).


El Segundo Concilio de Lyons (ecuménico) definió que: "Las almas, empero, de aquellos que mueren en pecado mortal o con solo el original, descienden inmediatamente al infierno, para ser castigadas, aunque con penas desiguales." (DS 464)


Igualmente el Concilio de Florencia (también ecuménico) reiteró lo mismo: "[L]as almas de aquellos que mueren en pecado mortal actual o con solo el original, bajan inmediatamente al infierno, para ser castigadas, si bien con penas diferentes." (DS 693)


También el Papa Inocencio III (Epist. Maiores Ecclesiae causas) enseña que: "La pena del pecado original es la privación de la vista de Dios; la pena del pecado actual es el tormento del infierno eterno." (DS 410)

Etiquetas: , , , ,

martes, 22 de diciembre de 2009

¿Puede ser falso el sentido literal de la Biblia?




Tomado de Santo Tomás de Aquino, Suma Teológica, I.1.10 ad 3:


Tercera Objeción: Además de los cuatro sentidos citados, [a saber, el literal, el alegórico o tipológico, el anagógico o escatológico, y el tropológico o moral], hay otro, el parabólico.
...
Respuesta a la Tercera Objeción: El sentido parabólico está contenido en el literal. Pues los términos significan algo propio y algo figurado. El sentido literal no se detiene en la figura misma, sino en lo figurado. Por ejemplo, cuando la Escritura habla del brazo de Dios;el sentido literal no está diciendo que Dios tenga el brazo en cuanto elemento corporal, sino en cuanto fuerza para obrar, que es lo que el brazo significa. Queda claro que lo falso no puede fundamentarse en el sentido literal de la Sagrada Escritura.


Etiquetas: , ,

lunes, 21 de diciembre de 2009

La justicia requiere distribución desigual de las riquezas

Tomado de Santo Tomás de Aquino, De regimine principum.


CAPITULO IX
Aquí disputa si han de ser las posesiones comunes, porque cierto filósofo llamado Feleas, dijo que se habían de partir igualmente, lo cual es falso, y que así lo sintió Licurgo.



Y porque las opiniones de estos filósofos que referimos trataban de que habían de ser las posesiones comunes, será bien decir de otros que en su gobierno Político trataron de esto mismo.


Dos filósofos hubo que, visto que las distinciones se causaban en las ciudades de que unos tenían abundancia y otros necesidad, quisieron en su gobierno Político que las posesiones se partiesen igualmente entre sus ciudadanos. El uno de estos fué Feleas Calcedonio, del cual habla el Filósofo en el segundo de los Políticos. El otro fué Licurgo, hijo de un Rey de los Espartanos, el cual, como dice Jus-tino, les dió leyes para que siendo iguales las posesiones, no fuese ninguno más poderoso que otro; y el modo que quería tener Feleas en esto le cuenta el Filósofo: y era que esta división se había de hacer cuando se fundase la ciudad teniendo atención a los términos de los campos y al número de los ciudadanos, y no haciéndose entonces, lo juzgaba por dificultoso; y para que esto, después de hecho, se conservase, ordenaba que los matrimonios fuesen de los de mayor estado con los de menor, y con esto se excusaban los pleitos, se evitaban las injurias, y se quitaba la materia de arrogancias y de ensoberbecerse.

Y también les movía de este parecer el ejemplo de otras ciudades; porque adonde hay desigualdad en los bienes temporales, muy de ordinario hay descomposiciones, porque allí hay ocasión de en-vidias y de allí nace la codicia, que, según dice el Apóstol, es raíz de todos los males; y aun el mismo Licurgo, por esta causa, en las leyes que dió a los Lacedemonios, para que se conservase su gobierno Político, les quitó las riquezas artificiales, vedando que hubiese dinero en los trueques de las cosas, sino que las trocasen unas por otras.

Pero el Filósofo reprueba esta doctrina, mostrando ser imposible igualar las cosas, como estos Filósofos quieren, y que por consiguiente era contra razón.

Lo primero se prueba, considerado de parte de la misma naturaleza humana, porque no siempre las familias se multiplican igualmente; porque acontece que un hombre tiene muchos hijos, y otro ninguno; y que en este caso fueran iguales las posesiones fuera imposible, porque la una familia tuviera mucha necesidad, y la otra mucha abundancia, lo cual es contra la providencia de la naturaleza: porque la familia donde hay más hijos de más importancia es para la firmeza del gobierno Político, por el aumento de ciudadanos, que no aquella donde los hijos faltan, y por cierto derecho natural merece mejor ser proveída de la misma República.

Demás de esto, como ya hemos dicho, la naturaleza no falta en las cosas necesarias, y así lo debe hacer el arte del gobierno civil, que faltaría en esto si las posesiones hubiesen de ser iguales, porque los ciudadanos perecieran de necesidad, y de aquí se vendría a acabar la República.

Y no sólo de parte de la naturaleza tiene inconvenientes el ser iguales las posesiones, sino también de parte de los estados y de ellas mismas; porque entre los ciudadanos hay diferencia, como entre los miembros del cuerpo, a que hemos comparado la ciudad que se gobierna en modo Político; y los miembros, así como son diferentes, tienen diferente potencia y operación; porque claro está que el noble tiene obligaciones de gastar más que el que no lo es. De adonde la virtud de la liberalidad se llama en el Príncipe magnificencia, por los grandes gastos. Y esto no podría ser adonde las posesiones fuesen iguales. Por lo cual la misma voz Evangélica nos dice de aquel padre de familia o Rey que se ausentó en peregrinación, de la manera que distribuyó los bienes a sus siervos, pero no fué igualmente, sino que a uno dió cinco talentos, a otro dos, y a otro uno, a cada cual según la propia virtud.

Demás de esto era contra el mismo orden natural con que Dios constituyó las cosas criadas en cierta desigualdad en cuanto a la naturaleza y en cuanto a los merecimientos; por donde el querer que haya igualdad en las cosas temporales, como son las posesiones, es destruir el orden de ellas, cual respecto de la desigualdad define San Agustín en el libro de la Ciudad de Dios, como ya habemos tratado, diciendo que es una disposición de cosas iguales y desiguales, la cual da a cada uno lo que le toca. Y así es reprendido Orígenes de haber dicho en el Periarcon que todas las cosas son iguales por naturaleza y que se habían hecho desiguales por defecto propio, esto es, por el pecado.

Ni tampoco por el ser iguales las posesiones se evitaban los litigios, antes se aumentaban, pues en esto se va contra el derecho natural, quitando lo que ha menester al que quizá merecía más. Demás de que es contra razón el ser las cosas iguales entre los que se gobiernan en modo Político, supuesto que Dios las hizo todas en número, peso y medida, como se dice en el libro de la Sabiduría. Todo lo cual significa un grado de desigualdad en las cosas que tienen ser, y por consiguiente en las civiles y políticas.


Etiquetas: , , ,

sábado, 19 de diciembre de 2009

Pueden haber órdenes religiosas militares?

De Sto Tomás de Aquino, Suma Teológica II-II.188.3c: 


Respondo: Como ya observamos antes (a.2), puede fundarse una Orden religiosa no sólo para las obras propias de la vida contemplativa, sino también para las de vida activa en lo que llevan consigo de ayuda al prójimo y servicio a Dios, no e lo que se refiere a negocios mundanos. En cuanto al oficio militar, puede ir ordenado a la ayuda al prójimo no sólo en orden a las personas privadas, sino también para defensa de todo el estado. Por eso se dice de Judas Macabeo, en 1 Mac 3,2-3, que combatía con alegría en las batallas de Israel y aumentó la gloría de su pueblo. Puede también ordenarse a la conservación del culto divino. Y por ello se añade, en el mismo pasaje (v.21), que Judas dijo: Luchamos por nuestras vidas y por nuestras leyes. Y más adelante, en 13,3, dice Simón: Ya sabéis lo que yo, mis hermanos y la casa de mi padre hemos luchado por nuestras leyes y por el santuario. Por consiguiente, puede fundarse lícitamente una Orden religiosa que se dedique a la vida militar, no con una finalidad temporal, sino para defensa del culto divino, del bien público o incluso de los pobres y oprimidos, según se dice en el salmo 81,4: Salvad al pobre, librad al indigente de las manos del pecador.



Etiquetas: , , ,

martes, 8 de diciembre de 2009

130mo Aniversario de la apertura del Concilio Vaticano

(Y el 44mo Aniversario de la clausura del Concilio Vaticano II)

CONCILIO VATICANO (1869-1870)
De la constitución dogmática
Pastor Aeternus
(Sobre la Iglesia)

Capítulo 4: Sobre el magisterio infalible del Romano Pontífice


Aquel primado apostólico que el Romano Pontífice posee sobre toda la Iglesia como sucesor de Pedro, príncipe de los apóstoles, incluye también la suprema potestad de magisterio. Esta Santa Sede siempre lo ha mantenido, la práctica constante de la Iglesia lo demuestra, y los concilios ecuménicos, particularmente aquellos en los que Oriente y Occidente se reunieron en la unión de la fe y la caridad, lo han declarado.

Así los padres del cuarto Concilio de Constantinopla, siguiendo los pasos de sus predecesores, hicieron pública esta solemne profesión de fe: «La primera salvación es mantener la regla de la recta fe... Y ya que no se pueden pasar por alto aquellas palabras de nuestro Señor Jesucristo: “Tú eres Pedro y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia”63, estas palabras son confirmadas por sus efectos, porque en la Sede Apostólica la religión católica siempre ha sido preservada sin mácula y se ha celebrado la santa doctrina. Ya que es nuestro más sincero deseo no separarnos en manera alguna de esta fe y doctrina, …esperamos merecer hallarnos en la única comunión que la Sede Apostólica predica, porque en ella está la solidez íntegra y verdadera de la religión cristiana»64.
Y con la aprobación del segundo Concilio de Lyon, los griegos hicieron la siguiente profesión: «La Santa Iglesia Romana posee el supremo y pleno primado y principado sobre toda la Iglesia Católica. Ella verdadera y humildemente reconoce que ha recibido éste, junto con la plenitud de potestad, del mismo Señor en el bienaventurado Pedro, príncipe y cabeza de los Apóstoles, cuyo sucesor es el Romano Pontífice. Y puesto que ella tiene más que las demás el deber de defender la verdad de la fe, si surgieran preguntas concernientes a la fe, es por su juicio que estas deben ser definidas»65.

Finalmente se encuentra la definición del Concilio de Florencia: «El Romano Pontífice es el verdadero vicario de Cristo, la cabeza de toda la Iglesia y el padre y maestro de todos los cristianos; y a él fue transmitida en el bienaventurado Pedro, por nuestro Señor Jesucristo, la plena potestad de cuidar, regir y gobernar a la Iglesia universal»66.

Para cumplir este oficio pastoral, nuestros predecesores trataron incansablemente que el la doctrina salvadora de Cristo se propagase en todos los pueblos de la tierra; y con igual cuidado vigilaron de que se conservase pura e incontaminada dondequiera que haya sido recibida. Fue por esta razón que los obispos de todo el orbe, a veces individualmente, a veces reunidos en sínodos, de acuerdo con la práctica largamente establecida de las Iglesias y la forma de la antigua regla, han referido a esta Sede Apostólica especialmente aquellos peligros que surgían en asuntos de fe, de modo que se resarciesen los daños a la fe precisamente allí donde la fe no puede sufrir mella67. Los Romanos Pontífices, también, como las circunstancias del tiempo o el estado de los asuntos lo sugerían, algunas veces llamando a concilios ecuménicos o consultando la opinión de la Iglesia dispersa por todo el mundo, algunas veces por sínodos particulares, algunas veces aprovechando otros medios útiles brindados por la divina providencia, definieron como doctrinas a ser sostenidas aquellas cosas que, por ayuda de Dios, ellos supieron estaban en conformidad con la Sagrada Escritura y las tradiciones apostólicas.

Así el Espíritu Santo fue prometido a los sucesores de Pedro, no de manera que ellos pudieran, por revelación suya, dar a conocer alguna nueva doctrina, sino que, por asistencia suya, ellos pudieran guardar santamente y exponer fielmente la revelación transmitida por los Apóstoles, es decir, el depósito de la fe. Ciertamente su apostólica doctrina fue abrazada por todos los venerables padres y reverenciada y seguida por los santos y ortodoxos doctores, ya que ellos sabían muy bien que esta Sede de San Pedro siempre permanece libre de error alguno, según la divina promesa de nuestro Señor y Salvador al príncipe de sus discípulos: «Yo he rogado por ti para que tu fe no falle; y cuando hayas regresado fortalece a tus hermanos»68.

Este carisma de una verdadera y nunca deficiente fe fue por lo tanto divinamente conferida a Pedro y sus sucesores en esta cátedra, de manera que puedan desplegar su elevado oficio para la salvación de todos, y de manera que todo el rebaño de Cristo pueda ser alejado por ellos del venenoso alimento del error y pueda ser alimentado con el sustento de la doctrina celestial.

Así, quitada la tendencia al cisma, toda la Iglesia es preservada en unidad y, descansando en su fundamento, se mantiene firme contra las puertas del infierno.

Pero ya que en esta misma época cuando la eficacia salvadora del oficio apostólico es especialmente más necesaria, se encuentran no pocos que desacreditan su autoridad, nosotros juzgamos absolutamente necesario afirmar solemnemente la prerrogativa que el Hijo Unigénito de Dios se digno dar con el oficio pastoral supremo.

Por esto, adhiriéndonos fielmente a la tradición recibida de los inicios de la fe cristiana, para gloria de Dios nuestro salvador, exaltación de la religión católica y salvación del pueblo cristiano, con la aprobación del Sagrado Concilio, enseñamos y definimos como dogma divinamente revelado que:

El Romano Pontífice, cuando habla ex cathedra, esto es, cuando en el ejercicio de su oficio de pastor y maestro de todos los cristianos, en virtud de su suprema autoridad apostólica, define una doctrina de fe o costumbres como que debe ser sostenida por toda la Iglesia, posee, por la asistencia divina que le fue prometida en el bienaventurado Pedro, aquella infalibilidad de la que el divino Redentor quiso que gozara su Iglesia en la definición de la doctrina de fe y costumbres. Por esto, dichas definiciones del Romano Pontífice son en sí mismas, y no por el consentimiento de la Iglesia, irreformables.

[Canon] De esta manera si alguno, no lo permita Dios, tiene la temeridad de contradecir esta nuestra definición: sea anatema.

Dado en Roma en sesión pública, sostenido solemnemente en la Basílica Vaticana en el año de nuestro Señor de mil ochocientos setenta, en el decimoctavo día de julio, en el vigésimo quinto año de Nuestro Pontificado.

Notas:

63 Mt 16,18.

64 Fórmula del Papa Hormisdas, 11 de agosto de 515.

65 De la profesión de fe del Emperador Miguel Palaeólogo, leída en el segundo Concilio de Lyon, sesión IV, 6 de julio de 1274.

66 Concilio de Florencia, sesión VI.

67 San Bernardo, Carta 190 (Tratado a Inocencio II Papa contra los errores de Abelardo ) (PL 182, 1053D).

68 Lc 22,32.

Etiquetas: ,

lunes, 7 de diciembre de 2009

Enseñanzas Olvidadas: El juramento anti-modernista

JURAMENTO ANTI-MODERNISTA
Motu Propio: “SACRORUM ANTISTITUM” Impuesto al clero en septiembre de 1910 por S.S. Pío X


Yo [nombre] abrazo y recibo firmemente todas y cada una de las verdades que la Iglesia por su magisterio, que no puede errar, ha definido, afirmado y declarado, principalmente los textos de doctrina que van directamente dirigidos contra los errores de estos tiempos.

En primer lugar, profeso que Dios, principio y fin de todas las cosas puede ser conocido y por tanto también demostrado de una manera cierta por la luz de la razón, por medio de las cosas que han sido hechas, es decir por las obras visibles de la creación, como la causa por su efecto.

En segundo lugar, admito y reconozco los argumentos externos de la revelación, es decir los hechos divinos, entre los cuales en primer lugar, los milagros y las profecías, como signos muy ciertos del origen divino de la religión cristiana. Y estos mismos argumentos, los tengo por perfectamente proporcionados a la inteligencia de todos los tiempos y de todos los hombres, incluso en el tiempo presente.

En tercer lugar, creo también con fe firme que la Iglesia, guardiana y maestra de la palabra revelada, ha sido instituida de una manera próxima y directa por Cristo en persona, verdadero e histórico, durante su vida entre nosotros, y creo que esta Iglesia esta edificada sobre Pedro, jefe de la jerarquía y sobre sus sucesores hasta el fin de los tiempos.

En cuarto lugar, recibo sinceramente la doctrina de la fe que los Padres ortodoxos nos han transmitido de los Apóstoles, SIEMPRE CON EL MISMO SENTIDO Y LA MISMA INTERPRETACIÓN. POR ESTO RECHAZO ABSOLUTAMENTE LA SUPOSICION HERETICA DE LA EVOLUCION DE LOS DOGMAS, según la cual estos dogmas cambiarían de sentido para recibir uno diferente del que les ha dado la Iglesia en un principio. Igualmente, repruebo todo error que consista en sustituir el deposito divino confiado a la esposa de Cristo y a su vigilante custodia, por una ficción filosófica o una creación de la conciencia humana, la cual, formada poco a poco por el esfuerzo de los hombres, sería susceptible en el futuro de un progreso indefinido.

Consecuentemente: mantengo con toda certeza y profeso sinceramente que la fe no es un sentido religioso ciego que surge de las profundidades tenebrosas del "subconsciente", moralmente informado bajo la presión del corazón y el impulso de la voluntad, sino que un verdadero asentamiento de la inteligencia a la verdad adquirida extrínsecamente por la enseñanza recibida EX CATEDRA, asentamiento por el cual creemos verdadero, a causa de la autoridad de Dios cuya veracidad es absoluta, todo lo que ha sido dicho, atestiguado y revelado por el Dios personal, nuestro creador y nuestro Maestro.

En fin, de manera general, profeso estar completamente indemne de este error de los modernistas, que pretenden no hay nada divino en la tradición sagrada, o lo que es mucho peor, que admiten lo que hay de divino en el sentido panteísta, de tal manera que no queda nada más que el hecho puro y simple de la historia, a saber: El hecho de que los hombres, por su trabajo, su habilidad, su talento continúa a través de las edades posteriores, la escuela inaugurada por Cristo y sus Apóstoles. Para concluir, sostengo con la mayor firmeza y sostendré hasta mi ultimo suspiro, la fe de los Padres sobre el criterio cierto de la verdad que está, ha estado y estará siempre en el episcopado transmitido por la sucesión de los Apóstoles; no de tal manera que esto sea sostenido para que pueda parecer mejor adaptado al grado de cultura que conlleva la edad de cada uno, sino de tal manera que LA VERDAD ABSOLUTA E INMUTABLE, predicada desde los orígenes por los Apóstoles, NO SEA JAMAS NI CREIDA NI ENTENDIDA EN OTRO SENTIDO.

Todas estas cosas me comprometo a observarlas fiel, sincera e INTEGRAMENTE, a guardarlas inviolablemente y a no apartarme jamás de ellas sea enseñando, sea de cualquier manera, por mis palabras y mis escritos....

Etiquetas: ,

martes, 1 de diciembre de 2009

La iglesia postconciliar


Etiquetas:

Enseñanzas Olvidadas: Dios existe y se puede probar


PRIMER CONCILIO VATICANO (AD 1869-1870)


XX ecuménico (sobre la fe y la Iglesia)
SESION III
(24 de abril de 1870)


D-1785 [Del hecho de la revelación sobrenatural positiva]. La misma santa Madre Iglesia sostiene y enseña que Dios, principio y fin de todas las cosas, puede ser conocido con certeza por la luz natural de la razón humana partiendo de las cosas creadas; porque lo invisible de El, se ve, partiendo de la creación del mundo, entendido por medio de lo que ha sido hecho [Rom. 1, 20]; sin embargo, plugo a su sabiduría y bondad revelar al género humano por otro camino, y éste sobrenatural, a sí mismo y los decretos eternos de su voluntad, como quiera que dice el Apóstol: Habiendo Dios hablado antaño en muchas ocasiones y de muchos modos a nuestros Padres por los profetas, últimamente, en estos mismos días, nos ha hablado a nosotros por su Hijo [Hebr. 1, 1 s; Can. 1].


D-1806 1. [Contra los que niegan la teología natural.] Si alguno dijere que Dios vivo y verdadero, creador y señor nuestro, no puede ser conocido con certeza por la luz natural de la razón humana por medio de las cosas que han sido hechas, sea anatema [cf. 1785]

Etiquetas: ,