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miércoles, 23 de diciembre de 2009

Enseñanzas Olvidadas: El Limbo y la Necesitad del Bautismo


Papa San Siricio, Carta a Himerio, 385: “Como mantenemos que la observancia del santo tiempo Pascual no debe ser suavizada en ninguna manera, en la misma manera deseamos que infantes que, por causa de su edad, ya no pueden hablar, o los que, en cualquier necesidad, carecen el agua de santo bautismo, sean socorridos con toda posible velocidad, por miedo que, si los que salen de este mundo sean privados de la vida del Reino por haber sido negado la fuente de salvación que deseaban, esto conduzca a la ruina de nuestras almas. Si los amenazados de naufragio, o del ataque de enemigos, o los inciertos de un sitio, o ellos puestos en una condición desesperada por causa de alguna enfermedad física, piden lo que en su fe es su única ayuda, que reciban al mismo momento de su petición el premio de regeneración que ruegan. ¡Basta de equivocaciónes pasadas! De ahora siguiente, que todos los sacerdotes observen la regla antedicha si no quieren ser separados de la sólida piedra apostólica en que Cristo ha fundado su Iglesia universal.”


El Papa San Inocencio (AD 417) I escribió a los padres del Sínodo de Milevis: “La idea de que los niños puedan llegar a los premios de la vida eterna aun sin la gracia del bautismo es totalmente necia” (DS 219).


En el 1794, el Sumo Pontífice Pio VI condena como “falsa y temeraria” la opinión de algunos que “califica[n] de fábula pelagiana aquel lugar, . . . [adonde van] las almas de los que mueren con la sola culpa del pecado original, que los fieles suelen llamar el limbo de los niños” (DS 2626).


El Segundo Concilio de Lyons (ecuménico) definió que: "Las almas, empero, de aquellos que mueren en pecado mortal o con solo el original, descienden inmediatamente al infierno, para ser castigadas, aunque con penas desiguales." (DS 464)


Igualmente el Concilio de Florencia (también ecuménico) reiteró lo mismo: "[L]as almas de aquellos que mueren en pecado mortal actual o con solo el original, bajan inmediatamente al infierno, para ser castigadas, si bien con penas diferentes." (DS 693)


También el Papa Inocencio III (Epist. Maiores Ecclesiae causas) enseña que: "La pena del pecado original es la privación de la vista de Dios; la pena del pecado actual es el tormento del infierno eterno." (DS 410)

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2 Comentarios:

Blogger Don Paco dijo...

Cabe notar que el limbo no es un lugar intermedio entre el Cielo y el Infierno (eso sería herejía), sino que es parte del infierno mismo, aunque es una parte donde probablemente carece totalmente la poena sensus (el dolor físico), y sólo existe la poena damni (el castigo de la privación de la visión beatífica). Es decir, los niños en el limbo están en el infierno porque ciertamente no gozan de la visión beatífica, y este estado es permanente y eterno. Pero probablemente disfrutan una felicidad natural y no sufren ningún dolor natural (físico o espiritual).

22 de junio de 2010, 9:51 p. m.  
Blogger Don Paco dijo...

El artículo del P. Harrison (sacerdote anteriormente profesor en la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico) sobre el limbo es muy bueno e informativo:

http://tradicioncatolicapuertorriquena.blogspot.com/2006/05/el-padre-harrison-sobre-el-limbo.html

22 de junio de 2010, 9:54 p. m.  

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